Huelga sin servicios mínimos
Frente a lo que sin rubor alguno han afirmado en un comunicado y no paran de repetir en los informativos, utilizando una vez más la antena en su propio beneficio y sin dar posibilidad de réplica, es la Dirección del Ente Público Radio Televisión Madrid la que puede volver a privar a los ciudadanos madrileños de su derecho a la información, al haber impedido que haya servicios mínimos durante la jornada de Huelga General del 29 de marzo. Es la Dirección la que no ha aceptado la propuesta presentada por las Secciones Sindicales de UGT y CCOO que contemplaba la emisión de informativos reducidos ajustándose a las sentencias judiciales en vigor. Se trata de la Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 8-4-2010, en la que se ratifica la falta de justificación específica de la necesidad de mantener la programación normal de informativos así como la programación grabada habitual, junto a la desproporción de servicios. Así como la Sentencia nº 930/2009 del Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid, ratificada por el Tribunal Supremo, en la que se sanciona a la Dirección del EPRTVM por vulnerar el derecho de huelga al emitir programación previamente grabada buscando dar imagen de normalidad del servicio en un día de huelga. Y finalmente, la Sentencia 40/2012 del Juzgado de lo Social nº 33 en la que se condena a Telemadrid por vulneración del derecho de huelga usando el trabajo de terceros. Las secciones sindicales de UGT y CCOO en el EPRTVM lamentamos la postura intransigente de la Dirección de la cadena pública. Ellos serán los únicos responsables de que la radio se silencie y de que las pantallas de la televisión de todos los madrileños deje de emitir el 29M, como ya ocurrió en otras convocatorias de huelga. Y es la Dirección de Telemadrid la que debería aprender del comportamiento democrático de la de RTVE, a la que ahora pone como ejemplo y que sí que da voz en sus informativos a su Comité de Empresa o al Consejo de Redacción al que aquí no tenemos derecho.