La Asamblea de Madrid tendrá que volver a elegir a 5 miembros del Consejo de Administración de Telemadrid por haber excluido a UGT

La Mesa de la Asamblea de Madrid ha acordado que la Comisión de Control de Radio Televisión Madrid repita el proceso para la elección de cinco de los nueve miembros del Consejo de Administración del canal autonómico correspondientes a las asociaciones y organizaciones profesionales. La decisión de la Cámara madrileña llega tras la sentencia del Tribunal Constitucional que daba la razón a la UGT por su exclusión para proponer candidatos al Consejo de Telemadrid a pesar de que cumplía todos los requisitos de la convocatoria. 

De las once asociaciones que presentaron su candidatura para formar parte del Consejo de Telemadrid en la convocatoria pública abierta a tal efecto por la Mesa de la Asamblea de Madrid sólo quedaron cuatro. Se trataban de la Asociación de Usuarios de la Comunicación, el sindicato UGT, la Asociación de Trabajadores por Cuenta Propia de la Comunidad de Madrid y la Asociación de Profesionales de Radio y Televisión de Madrid.Sin embargo, los grupos parlamentarios de PP y Ciudadanos en la Asamblea de Madrid excluyeron a UGT tras una votación celebrada en la comisión de control del antiguo ente público en la que no participaron PSOE-M y Podemos.

La sentencia del Constitucional deja claro que la exclusión de UGT  vulneró los derechos a la a igualdad, a acceder a los medios de comunicación social públicos según lo previsto en las leyes y a la libertad de sindicación que recoge el artículo 28.1 de la Constitución española.

Además el Tribunal  entiende que «La diferencia de trato introducida por la decisión de la Comisión y de la Mesa de la Cámara  es inaceptable en términos constitucionales si no está basada en criterios objetivos y si falta a la razonabilidad y adecuación al fin eventualmente perseguido por la exclusión». 

En este caso, la diferencia de trato no se produce entre sindicatos, sino entre una organización sindical y asociaciones de otra índole (profesionales de la prensa, trabajadores autónomos y usuarios), “de modo tal que la presencia sindical en el Consejo de Dirección queda inhabilitada al excluir a la Federación recurrente en amparo”.  “Se trata de la exclusión directa de dicha Federación Sindical de un determinado organismo de dirección integrante de un ente público, sin que exista una previsión normativa que dé cobertura a tal exclusión en términos absolutos” y sin que la Asamblea de Madrid “ofrezca ninguna motivación que permita comprender las razones de una decisión que afecta a la capacidad de la recurrente de actuar en el seno de la Radio Televisión Pública madrileña”.

Ver la sesión de la Comisión de la Asamblea en la que se excluyó a UGT

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