Incompatibilidades de la vicepresidenta del Gobierno de España sobre CRTVE
¿Quien si no la Vicepresidenta y Ministra de Presidencia debe decidir sobre la presentación y términos de posibles recursos contra eventuales decisiones contrarias a los intereses recaudatorios del Estado y, en consecuencia, de la CRTVE? ¿Quién si no la Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia debe nombrar a los miembros de la nueva Comisión que unificará varios organismos reguladores y que ejercerá como Autoridad Audiovisual Independiente y como organismo recaudador de las aportaciones de operadoras privadas en relación a la financiación de la CRTVE? ¿Quién si no la Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia debe decidir sobre temas que enfrentan y afectan a RTVE y otras empresas públicas y privadas de televisión y telecomunicaciones, como reducción de canales de TDT, reparto del dividendo digital, reforma de la LGCA o financiación de RTVE o de la TV en Movilidad frente a la TV a través de la Telefonía Móvil….? Quien debe decidir todo eso, la Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia… ¿a quién va a escuchar antes y con más atención e interés? ¿a su marido?¿a la empresa en la que trabaja?¿a la CRTVE?¿ a las Cortes Generales?¿ a la Sociedad Española?. La duda, en este caso, es más que razonable. Mientras que esto sea así habrá serías dudas sobre su parcialidad. El artículo 4.1. de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración General del Estado, dice: «A los efectos de esta Ley, hay conflicto de intereses cuando los altos cargos intervienen en las decisiones relacionadas con asuntos en los que confluyen a la vez intereses de su puesto público e intereses privados propios, de familiares directos, o intereses compartidos con terceras personas».
Mientras esto no se solucione, la viabilidad económica de la CRTVE está doblemente en peligro.